Violencia doméstica: es ejercida por un miembro del grupo familiar, puede ser la pareja, los hijos o quien esté a cargo del cuidado, independientemente del espacio físico donde esto ocurra. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco, sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, y no es requisito la convivencia. Daña la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de mujeres y LGBTI+.
Violencia laboral: aquella que discrimina a mujeres y LGBTI+ en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. También constituye violencia de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre la persona con el fin de lograr su exclusión laboral.
Violencia institucional: aquella realizada por funcionarixs, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres y LGBTI+ tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan sus derechos. Quedan comprendidas las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.
Violencia mediática: ocurre cuando en los medios de comunicación masivos se difunden mensajes estéreotipados que fomentan la discriminación. Esto se manifiesta en publicidades sexistas, contenido sexista en programas y titulares de noticias, etc.
Violencia contra la libertad reproductiva: cuando se vulnera el derecho a decidir sobre los aspectos reproductivos. Por ejemplo si tener hijes o no, cuándo, cuántes, etc.
Violencia obstétrica: aquella que se ejerce sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres y personas gestantes, expresada en un trato deshumanizado, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley Nº 25.929 de Parto humanizado
Violencia pública-política: cuando a través de intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, se impide o limita el desarrollo de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos. Puede ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales y medios de comunicación, entre otros. De este modo, la violencia pública política obstaculiza e imposibilita el acceso y permanencia de las mujeres a los cargos públicos a partir del ejercicio de distintos tipos de violencia (física, sexual, psicológica, económica o simbólica).
Violencia en el espacio público: ejercida contra las mujeres y LGBTI+ por una o más personas en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo.
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